El caso de Navas del Marqués ha vuelto a poner de manifiesto la voracidad del boom urbanístico que padecemos, un fenómeno que impacta de manera irreversible sobre un bien escaso como es el territorio y que parece regulado exclusivamente por la tasa de ganancia.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sobre este caso cuestiona la legalidad de recalificar un terreno que goza de enormes valores ambientales y que alberga especies declaradas de interés comunitario, como la cigüeña negra y el águila imperial, con el fin de levantar la enésima “ciudad del golf”.
La sentencia pone en evidencia la insensatez de destruir 210 hectáreas de pinar maduro y luego “compensar” esta pérdida con la plantación de pinos en superficie equivalente, en un lugar próximo - como prescribe la Declaración de Impacto Ambiental elaborada por la Junta de Castilla y León que informó favorablemente el proyecto urbanizador -, y se pregunta, con toda sensatez, si no sería mejor plantar la urbanización en ese “lugar próximo”.
La lectura de la sentencia nos recuerda otra medida tomada por la Junta de Castilla y León: la reciente modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Fuentes Carrionas (Palencia), que ha supuesto la amputación de un instrumento protector para dar vía libre a los intereses de una empresa privada (Tres Provincias), decidida a arruinar otro espacio de enorme valor, en este caso en la montaña cantábrica y en el que los damnificados son nada menos que osos y urogallos.
La ola urbanizadora está rebasando el territorio donde se gestó - el litoral y las grandes ciudades -, para adentrarse en aquellas zonas bien preservadas de la montaña y la campiña. Los beneficiarios del negocio inmobiliario privatizan el capital ecológico, muchas veces acrecentada su diversidad a través de siglos de labores campesinas.
Entre los beneficiados por esa especulación no sólo se encuentran propietarios de suelo, constructores y promotores, sino las propias administraciones locales, cuyos ingresos están ligados a los beneficios urbanísticos. El resto de las administraciones públicas renuncian a sus competencias básicas de ordenación del territorio: decidir dónde y cuanto se construye. Esta facultad de ordenar el territorio, reconocida en la Constitución, en las leyes de la UE y en las distintas leyes autonómicas, no puede ser rehén del tamaño de las plusvalías. Mientras tanto, la “marbellización” del territorio avanza entre la complicidad y la desidia de quienes deberían poner orden.
Quizás el caso de Navas del Marqués - que ha despertado un notable y merecido interés social - sirva como punto de inflexión a esta situación. Por ello la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica apoya las acciones impulsadas desde distintas entidades conservacionistas, aplaude la iniciativa vecinal de defender el bien común y por supuesto repudia la actitud de la Junta de Castilla y León, en este caso, como en el de San Glorio, responsable último de lo que suceda con nuestros cada vez más escasos recursos.
Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica
|