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Prevención ante los nuevos complejos urbanísticos desarrollados en torno al deporte del Golf

La Coordinadora Ecoloxista d'Asturies envió una instancia a la Consejería de Medio Ambiente con el fin de conocer cuál es la posición del Principado ante la avalancha de proyectos para construir urbanizaciones en torno a campos de golf

Septiembre-2005 Nota de prensa de la Coordinadora Ecoloxista d'Asturies


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La Coordinadora Ecoloxista d'Asturies envió una instancia a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio con el fin de conocer cuál es la posición del Principado de Asturias ante la avalancha de proyectos para construir complejos urbanísticos en torno al deporte del golf y, en consecuencia, si ha realizado algún estudio o si está en su interés ordenar todas estas actuaciones urbanísticas con el fin de evitar daños al entorno y que el desarrollo territorial se guíe por los principios de lo sostenible, para no caer en los lamentables errores (reconocidos desde variados ámbitos diferentes al activismo ambiental) cometidos en otros litorales y regiones que experimentaron crecimientos desmesurados de estas urbanizaciones en las pasadas décadas. Y con el fin de mostrar una línea coherente con la postura mantenida por el propio Principado desde los años ochenta, fruto también de la voluntad de la sociedad asturiana, que apostó por un turismo diferenciado, de calidad, no masivo y respetuoso con el medio ambiente, como seña de identidad frente a otros modelos que están más que desarrollados y explotados dentro del resto del Estado. Esta valoración que hacemos creemos que se reafirmaría al repasar los principios que sustentan la legislación autonómica vigente en materia urbanística y ambiental. Mencionar las disposiciones referidas a la protección del medio, el patrimonio cultural y la ordenación del territorio, de la normativa autonómica básica de turismo: la Ley 7/2001.

El POLA, para nosotros/as, ha sido un punto de inflexión en esta línea mantenida, pues encontramos que las consideraciones ambientales se hallan claramente en un segundo plano. Y entra incluso en contradicciones con normativa precedente. Hemos mencionado la Ley 7/2001 de Turismo donde literalmente se dice que "la ubicación de los campamentos de turismo se realizará fuera de la zona de 500 metros desde la ribera del mar". Si se parte de que estos complejos golfísticos pueden tener un impacto considerablemente superior no se entiende cómo el POLA ha permitido esta laguna frente a estas urbanizaciones. Es por ello por lo que también enviamos esta instancia: para que el Principado nos aclare de una vez si, con la presente legislatura, ha mudado en criterios de ordenación del territorio y exigencia de protección ambiental.

Manifestamos nuestra preocupación ante la avalancha de proyectos, hemos contabilizado al menos 17, algunos de ellos ya en trámite, y que ocuparán un mínimo de 300.000 m2 cada uno. No hablamos de simples campos de golf sino de complejos urbanísticos con estructura de núcleo habitado, donde habrá viviendas, instalaciones hosteleras y centros comerciales. Proyectos sobre los que el Principado no ha mostrado, de momento, la menor de las reticencias, salvo el detalle de que sepamos su existencia para oponerse a la barbaridad, propia de décadas que ingenuamente creíamos lejanas, de construir instalaciones hosteleras al borde de los acantilados del cabo Vidio. Pero nada para dejar clara su oposición a un proyecto de Landmark que ocupará la totalidad de un millón de metros cuadrados que componen el espacio del cabo, un espacio que forma parte de la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos: el Paisaje Protegido de la Costa Occidental. Se diría que pasamos de los 500 metros de la Ley 7/2001 a la anarquía normativa del aquí todo vale, a aprovechar al máximo las ambigüedades y los huecos legales.

Mencionar también el proyecto urbanístico de Palacio de Nevares que se tramita en el Ayuntamiento de Parres, colindante con el Paisaje Protegido de la Sierra del Sueve, donde se instalará en medio de praderías y en el hoy suelo no urbanizable, donde sólo existen viviendas aisladas, donde no hay núcleo alguno se pasará a un núcleo de más de doscientas viviendas y se convertirá en uno de los mayores de la zona. Lejos también parecen quedar los pretéritos principios de disponer las nuevas construcciones integradas en los núcleos rurales existentes. Son dos ejemplos que se repiten en la mayoría de los proyectos: como los cinco existentes en Gozón que se desarrollarán en el Paisaje Protegido del Cabo Peñas, aprovechándose de paisajes singulares, de alto valor ambiental, y de su situación privilegiada frente a la costa.

Consideramos que no es de recibo que el Principado de Asturias se limite a dar de paso estos proyectos con la simple documentación "en regla" y el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, lo estimaríamos como una dejación de sus responsabilidades con respecto a la ordenación del territorio. Ante la realidad que se nos presenta es necesario realizar una valoración global de este tipo de proyectos, donde se realice un estudio pormenorizado sobre diversos aspectos que hemos propuesto al Principado: determinar los espacios territoriales, urbanísticos o ambientales dónde estos complejos no podrían ser admisibles, conocer dónde está límite en número de proyectos o si su misma existencia nos conviene; valorar el impacto sobre el empleo (estabilidad, cualificación, procedencia), la interferencia con otros sectores económicos, valoración del turismo generado frente a estándares de calidad y sostenibilidad; muy importante consideramos la estimación de los recursos hídricos consumidos como factor limitante; el impacto sobre los recursos naturales, el paisaje, la fisonomía del medio rural, afección a espacios protegidos, emisión de contaminantes; etc. Sería orientarse en la línea que promueve la Directiva de la Unión Europea 2001/42, relativa a la evaluación de los efectos de planes y programas en el medio ambiente, donde se pide que los nuevos proyectos urbanísticos cuenten con un estudio de diagnóstico previo donde se analicen parámetros similares a los que consideramos necesarios en este caso, como documento de partida para ya realizar los estudios de impacto ambiental de cada uno de los proyectos que se fueran a desarrollar.

La incidencia ambiental y sobre la ordenación del territorio de otras actividades motivó que el Principado elaborase los correspondientes estudios y las directrices para ordenar actividades como la instalación de parques eólicos o nuevas superficies comerciales. La misma preocupación se debería mostrar ante estos nuevos complejos urbanísticos y que, parece ser, no serán los últimos. Con el fin de tomar prevenciones ahora que estamos a tiempo, no sea que nos demos cuenta de esta necesidad cuando esté ya todo construido y los perjuicios sean insalvables. Y con el fin de no alejarnos de nuestro propósito de lograr ese turismo alternativo, no masificado y sostenible en el que poníamos nuestro futuro.

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