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El Principado pone en marcha las medidas de prevención de los incendios forestales para el verano

La Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural aprueba las medidas específicas de prevención de incendios forestales para el verano, que entrarán en vigor el próximo 1 de julio y estarán vigentes hasta 30 de septiembre. El plan prohíbe quemas de rastrojos, limpiezas de fincas y otras acciones en todo el territorio del Principado de Asturias. Prohíbe cocinar en los montes excepto en zonas y áreas recreativas con equipamiento adecuado, como barbacoas, e incluso impide hacer cualquier tipo de fuego cuando el índice de riesgo alcance el nivel 5

23-Junio-2008 Nota de prensa de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural


Camino de un bosque asturiano -Foto AsturiasVerde.com-

La resolución aplica también medidas restrictivas para la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras.

La Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural acaba de aprobar el plan de medidas específicas para la prevención de incendios forestales de cara al verano, que entrará en vigor el próximo 1 de julio y estará operativo hasta el 30 de septiembre incluido. La resolución, que fue publicada el pasado 16 de junio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), prohíbe las quemas de materiales procedentes de limpiezas de fincas durante los meses de julio, agosto y septiembre salvo los fuegos para cocinar en zonas y áreas recreativas de los montes con instalaciones existentes para tal fin, como por ejemplo barbacoas. No obstante, ni siquiera se podrá cocinar en dichas instalaciones cuando el índice de riesgo de incendios forestales alcance el nivel 5. También aplica medidas restrictivas para la circulación de vehículos a motor por pistas forestales, situadas fuera de la red de carreteras.

La entrada en vigor de este plan deja en suspenso de forma temporal la aplicación de las normas sobre quemas, correspondiente a la resolución del Principado de Asturias del 14 de agosto de 2002 y modificada por otra del 2 de febrero de 2004, por lo que no podrán realizar aquellas quemas para limpieza de fincas con autorización ya expedida hasta el día 1 de octubre de 2008. El plan específico prohíbe las quemas en todo el ámbito territorial del Principado y regula las actividades en terrenos de montes, determinando medidas específicas en las zonas de alto riesgo de incendios forestales. Según consta en la resolución de la Consejería, cuando se realicen fuegos para cocinar en áreas recreativas de los montes, los solicitantes deberán acatar las instrucciones del personal de Guardería de Medio Natural destinadas a adoptar todas las prevenciones posibles para evitar incendios forestales. La resolución añade que el solicitante deberá cerciorarse de que el fuego está completamente apagado antes de abandonar el lugar.

No obstante, la Consejería podrá autorizar, con carácter excepcional, la realización de fuegos destinados a cocinar coincidiendo con la celebración de festejos tradicionales y siempre y cuando el solicitante del permiso sea la entidad organizadora. En estos casos, el Principado condicionará la autorización a que el lugar reúna los requisitos necesarios y a que estén disponibles todos los medios posibles para evitar la propagación del fuego. De igual modo, se permitirá la circulación de vehículos para acudir al festejo. El tránsito de vehículos también será autorizado a los propietarios de los terrenos o personas responsables “siempre y cuando sea inherente a su gestión, mantenimiento y ordenado aprovechamiento”, recoge textualmente la resolución. También queda prohibido el empleo de la pirotecnia en terrenos declarados como monte o cuando su uso puede afectar al monte.

Otra de las limitaciones es la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras. En estos casos, la circulación sólo se autorizará para servidumbres de paso, tareas de gestión agroforestal y labores de vigilancia y extinción de incendios. Con carácter excepcional, la Consejería podrá autorizar el tránsito motorizado cuando se constate la adecuación del vial y la correcta señalización del acceso, entre otros requerimientos. La concesión de las autorizaciones para festejos tradicionales compete al Guarda Mayor de Medio Natural de la Dirección General de Política Forestal, dependiente de la citada Consejería.

La resolución con estas medidas de prevención de incendios forestales será comunicada próximamente al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Para garantizar su cumplimiento y la difusión de la información, la Consejería organizará con el personal de Guardería del Medio Natural un operativo especial de vigilancia en los días de elevado riesgo de incendios forestales, apoyado con medios aéreos y con un equipo que patrullará en motocicleta el Suroccidente asturiano.

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