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El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 6 de noviembre de 2003, aprobó, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 y 90 de la Constitución, el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, con el texto que se inserta a continuación. Centésimo vigésimo cuarto. Se modifica el artículo 337 que queda redactado como sigue:
Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico, serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.
En virtud al citado articulo del código penal, dichas asociaciones iniciaran acciones contra este individuo.

Es vergonzoso que una sociedad que pretende avanzar hacia valores de tolerancia y respeto, cuente entre sus miembros con alguien que menoscaba los valores establecidos. Es intolerable para nuestras asociaciones, y para una gran parte de la población que estos hechos queden impunes.

Puede ver el vínculo al vídeo de la ejecución del gato en la página del Pacma
INFO: http://www.pacma.net

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